Plantean en el Congreso sanción de hasta cinco años de prisión a quienes almacenen artículos de consumo necesario
El diputado local de MORENA, José Concepción García, propuso una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, para sancionar hasta con cinco años de prisión, a quienes almacenen artículos de consumo necesario.
La adición del capítulo denominado “Lucro Inmoderado” del citado código, tiene la finalidad de castigar a quienes retengan productos como material de curación, medicamentos, entre otros, por un periodo mayor de tres meses, sin efectuar operaciones de ventas de dichas mercancías.
Agregó que esta conducta puede poner en riesgo la vida de las personas, que se ven imposibilitadas para obtener bienes de primera necesidad.
“Se aplicará sanción de uno a cinco años de prisión, y multa de doscientos a cuatrocientos cincuenta (UMA), a toda persona que almacene artículos de consumo necesario, incluyéndose toda clase de medicinas, combustibles, llantas o refacciones destinadas a usos domésticos, de turismo o de empresas de transporte por un periodo mayor de tres meses, sin efectuar operaciones de venta de dichas mercancías, de acuerdo con los precios oficiales”, indicó.
Precisó que quedarán exento de la sanción, si en caso de haberla ofrecido en venta al público a los precios oficiales, no tuvo compradores, y si los artículos que almacene son para uso propio y en cantidad que no exceda a sus necesidades normales durante un mes.
El morenista, también planteó aplicar sanción de tres meses a dos años de prisión, y multa de treinta a noventa UMA, al que venda estas mercancías a precios que representen un lucro inmoderado.