TEPJF ratifica la candidatura de Salomón Jara a la gubernatura de Oaxaca

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Además, consideraron que se cumplió con la obligación de postular candidaturas con paridad y que “no sería jurídicamente viable” darle la razón a Susana Harp, para que obtuviera la postulación reclamada.

Por su parte, el magistrado Indalfel Infante González dijo que se deben revisar de fondo los reclamos de violencia política que señala sufrió para no ser candidata y que se debe observar que Morena cumplió con el proceso interno que demanda la ley.

“El partido Morena, de alguna forma atendió a un método, a un mecanismo de competitividad, a tal grado, que en los dos estados donde tiene mayor competitividad designó como precandidatos y como candidatos a un hombre y a una mujer, entre esos estados es Oaxaca y Quintana Roo, por lo tanto, al no advertirse que haya alguna discriminación hacia la actora o algún otro dato por su condición de ser mujer, considero que no hay elementos para poder hacer alguna modificación en esa determinación”, señaló. 

La magistrada Mónica Soto Fregoso, quien defendió el proyecto, señaló que la paridad de género debe prevalecer en el país y que los Congresos locales, como el de Oaxaca, deben legislar en la materia.

Oaxaca es un tema muy sustantivo, porque además de toda la historia lacerante en el ejercicio de los derechos de las mujeres en todos los niveles, de todos los derechos, pues por supuesto el derecho político electoral no ha estado fuera de esa brecha y de esa discriminación y aquí creo que es importante también aclarar que, incluso, en este estado de Oaxaca, derivado de una encuesta, la ciudadanía se manifestó para que la próxima titular fuera una mujer”, agregó.

Asimismo, el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, dijo que el Poder Legislativo en los estados y los institutos políticos deben ser claros en sus mecanismos de selección de paridad sustantiva para los próximos procesos electorales.

“Esto se da ante la omisión legislativa en el Congreso de Oaxaca y en general en algunos de los Congresos de este proceso electoral, salvo el de Hidalgo, es decir, hay una ausencia de mecanismos y reglas legislativas que garanticen la paridad sustantiva en la postulación de candidatas mujeres a las gubernaturas y por eso es necesario vincular a los partidos para que así lo garanticen, balanceando con ello los principios, valores y derechos constitucionales que están en relación con la autodeterminación de los partidos, la certeza jurídica y las normas que adecúen en cada entidad federativa”, acotó.



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