Promulgan imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores

Se trata de las modificaciones a los artículos 107 Bis, 205 Bis, 261 y 266

Promulgan imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores

El Gobierno Federal promulgó este miércoles la imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores de 18 años de edad. 

Tras la aprobación en el Congreso de la Unión, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal con ese propósito.

Se trata de las modificaciones a los artículos 107 Bis, 205 Bis, 261 y 266, que tipifican la pornografía infantil, turismo sexual, corrupción de menores, pederastia y lenocinio.

Estos establecen también que, en los casos en que el agresor fuere servidor público o ministro de culto religioso, se aplicará la destitución e inhabilitación hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

De acuerdo con el Poder Legislativo, las reformas al Código Penal tienen el objetivo de que la persecución de dichos delitos sexuales se lleve a cabo a pesar del transcurso del tiempo, con el fin de erradicar su impunidad.

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