Pensión por viudez se mantiene, aunque te vuelvas a casar

Los magistrados explicaron que condicionar la pensión a un estado civil es injustificado

Pensión por viudez se mantiene, aunque te vuelvas a casar

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la pensión por viudez debe mantenerse aunque el asegurado se case de nuevo.

La Segunda Sala indicó que es inconstitucional que el viudo que contraiga matrimonio o se una en concubinato reciba, como única y última prestación, seis meses de la pensión de viudez que disfrutaba, conforme a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Los magistrados explicaron que condicionar la pensión a un estado civil es injustificado, ya que toda persona tiene el derecho de formar una familia. 

En ese sentido, dijeron que no debe excluirse el pago de la pensión por viudez, pues no se trata de una concesión gratuita o generosa, sino de un derecho que se gestó con las aportaciones del trabajador durante su vida, para garantizar la subsistencia de sus beneficiarios después de su muerte.

En conclusión, el máximo tribunal refirió que negar la pensión por viudez cuando el viudo se vuelve a unir en matrimonio o concubinato resulta contrario a los principios de igualdad y no discriminación y a los derechos fundamentales a la familia y a la seguridad social.

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