Invalida la Corte decreto de AMLO que clasificaba obras como tema de seguridad nacional
Esos artículos dificultaban el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, por parte de las autoridades, dijo
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó este jueves el decreto que clasificaba obras de infraestructura del Gobierno Federal, como temas de seguridad nacional.
Por mayoría de 8 votos, el Pleno determinó que el artículo 1° del documento en cuestión, permitía, "por su amplitud y ambigüedad, que toda la información (...) pudiera ser considerada como reservada".
Explicó que el derecho de acceso a la información pública se rige por el principio de máxima publicidad y de reserva de ley, el establecimiento de sus restricciones, por lo que se contravenía la facultad del INAI, para delimitar los alcances de la seguridad nacional y el interés público como efectos de transparencia.
Los ministros consideraron que el decreto "desnaturalizaba el carácter excepcional del recurso de revisión", que puede promover la Consejería Jurídica de la Presidencia en contra de las determinaciones del INAI ante la SCJN, lo cual "iba en detrimento de la autonomía" del órgano de transparencia.
Ello, debido a que la Constitución establece como regla general la inatacabilidad de sus resoluciones.
DECRETO DIFICULTABA TRANSPARENCIA
El máximo tribunal señaló, además, que los artículos 2° y 3° del decreto, en los que se ordenaba a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal otorgar autorización provisional para iniciar los proyectos señalados, "creaban un régimen de autorizaciones administrativas excepcional".
Explicó que esos artículos dificultaban el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, por parte de las autoridades y convertía esas obligaciones en "mecanismos ineficaces para garantizar el control ciudadano del actuar público".
Esto, a su vez, significaba una "transgresión al principio de transparencia y al derecho de acceso a la información".
Además, restringía la facultad del INAI para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia.
Es de mencionar que la decisión de invalidar el "Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional", publicado el 22 de noviembre de 2021, se da luego de las impugnaciones formuladas por el INAI.
EN DEBATE, MINISTROS EXPLICAN A YASMÍN ESQUIVEL LO QUE INVALIDARON
Durante el debate, los ministros Javier Laynez Potisek y Norma Piña le explicaron a Yasmín Esquivel lo que ocurriría luego de que invalidaron el decreto.
La ministra Esquivel dejó entrever que no comprendía algunos de los efectos de la determinación, ya que expresó que las partes involucradas eran el INAI y el Poder Ejecutivo, y no consideraba al resto de las dependencias que forman parte de la Administración Pública Federal.
Por ello, sus compañeros, casi entre risas, le interpretaron la sentencia, al aclararle que esta ´tira´ el decreto.
"-El INAI y el Ejecutivo Federal... -La Administración Pública Federal... -Entre ellos, el Ejecutivo Federal. Es el Ejecutivo Federal entre ellos. –El decreto por... -Pero queda vivo para las demás. -El decreto por ocho votos fue declarado inconstitucional. –Pero queda vivo para los demás. Es entre las partes, el INAI y el Ejecutivo Federal. –No, se le cayó... Se cayó al Ejecutivo. –Sí, al Poder Ejecutivo Federal, queda vivo para los demás. -¿Quiénes? –Los demás de la Administración Pública. –Pues si se está invalidando el decreto. –Es interpartes. –E interpartes es Ejecutivo-INAI. El Ejecutivo es el que da la instrucción de actuar a las administraciones. Si esa instrucción se cae, no existe ya. –Claro", debatieron.
Posteriormente, la presidenta de la Corte, dijo a la ministra Esquivel que tendría tiempo para reflexionar y meditar la sentencia, pues citó al Pleno para el próximo lunes, sesión en la que se terminarán de analizar los efectos del fallo.
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