Invalida SCJN prisión preventiva oficiosa para factureros y contrabandistas

Critica AMLO que se busque beneficiar a “factureros” con eliminación de prisión preventiva oficiosa

Invalida SCJN prisión preventiva oficiosa para factureros y contrabandistas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO) para los delitos fiscales, como contrabando, defraudación y uso de facturas falsas.

Por mayoría de nueve votos, el Pleno invalidó fracciones del Artículo 2º de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, así como el Artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales. En estos, se establecían que los imputados por delitos fiscales podrían ser privados de su libertad durante su proceso legal.

En el segundo día de discusión sobre el tema, los ministros consideraron que estas conductas no constituyen delincuencia organizada, y por tanto no son susceptibles de ser sujetos a esa medida cautelar.

Consideraron, además, que es incompatible con las garantías de presunción de inocencia y libertad individual contenidas en la Constitución.

Es importante recordar que fue en 2019 cuando los delitos fiscales fueron incluidos en el catálogo de ilícitos que ameritaban prisión preventiva oficiosa, cuando el Congreso de la Unión los denominó como una amenaza a la seguridad nacional.

A pesar de que la Suprema Corte ahora retiró estos delitos de la lista, los ministros no aprobaron la segunda parte del proyecto de Luis María Aguilar, que proponía que la prisión preventiva oficiosa dejara de ser considerada como obligatoria, es decir, que no fuera automática.

Sin embargo, al resolver las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y diversos integrantes de la Cámara de Senadores, el Pleno acordó mantener la prisión preventiva oficiosa en los delitos establecidos en el artículo 19 de la Constitución.

Es de mencionar que el debate del tema inició el pasado martes, cuando cinco ministros se pronunciaron: Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán y Jorge Pardo Rebolledo en contra y Luis María Aguilar y Juan Luis González Alcántara Carrancá a favor.

Este jueves las ministras Margarita Ríos Farjat y Loretta Ortiz se dijeron en contra.

En tanto, como ocurrió anteriormente, Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Javier Laynez Potisek, estuvieron de acuerdo en que la prisión preventiva oficiosa es violatoria de garantías individuales como el derecho a la libertad, a la presunción de inocencia y a la debida defensa, pero no pudieron acompañar la reinterpretación de la medida.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar necesitaba al menos ocho votos para ser aprobado, pero tan solo cinco ministros lo apoyaron, por lo que solo se consiguió la eliminación de los delitos fiscales en la medida.

Critica AMLO que se busque beneficiar a “factureros” con eliminación de prisión preventiva oficiosa

El presidente Andrés Manuel López Obrador criticó que ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación busquen beneficiar a “factureros” al acotar la prisión preventiva oficiosa para los delitos fiscales.

En su conferencia de prensa matutina, lamentó que los juzgadores defiendan a los delincuentes de cuello blanco, poniendo por encima el dinero que la justicia.

“Cómo van a estar protegiendo a factureros y a quienes se hicieron inmensamente ricos ¿y vamos a seguir con lo mismo?, lo que surgió hace 15 años el uso de facturas falsas que era un descaro tremendo y ahora que es delito grave lo quieren quitar, no, no”, “Cómo van a ser los jueces o magistrados ministros defensores de delincuentes de cuellos blancos, cómo va ser el dinero que predomine y no la justicia”, aseveró.

Si bien se ha avanzado, el Mandatario admitió que aún hay muchos obstáculos, por lo que se debe tratar el tema constantemente.

La propuesta de la SCJN, Luis María Aguilar Morales plantea invalidar la prisión preventiva oficiosa para delitos fiscales como contrabando, emisión de facturas falsas y fraude fiscal equiparado, ya que estos delitos fueron clasificados como contrarios a la seguridad nacional mediante una reforma legal de enero de 2020.

Para que la SCJN pueda invalidar la prisión preventiva oficiosa será necesario que el proyecto de Aguilar reúna cuando menos 8 votos de los once ministros del pleno.



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