Segob deberá sancionar al Arzobispo Carlos Aguiar y a otros sacerdotes por proselitismo
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la Secretaría de Gobernación (Segob) deberá sancionar al Arzobispo Primado de México, Carlos Aguiar Retes, así como al cardenal Juan Sandoval Íñiguez y al párroco Mario Ángel Flores Ramos, por hacer proselitismo durante las pasadas elecciones.
La ponencia del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, señala que cinco ministros de culto violaron el principio de separación Iglesia-Estado, y que el único que no impugnó la sentencia fue el ministro de los Legionarios de Cristo, Ángel Espinosa de los Monteros, señalado también en la sentencia.
Rodríguez Mondragón detalló que la impugnación de Carlos Aguiar fue desechada por ser presentada de manera extemporánea, mientras que la del obispo de la Diócesis de Cancún-Chetumal, Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, fue revocada luego de que sus expresiones fueran consideradas ambiguas.
“Nuestra Constitución limita la intervención de ministros de culto en la materia electoral, en concreto se les prohíbe realizar proselitismo a favor o en contra de algún partido político, de alguna candidatura, o de alguna asociación política, con el fin de salvaguardar los principios del Sistema Democrático mexicano, como una medida necesaria y proporcional para garantizar el sufragio libre”, indicó el magistrado.
Los magistrados confirmaron también la sentencia en contra del párroco Mario Ángel Flores Ramos, rector de la Universidad Pontificia de México, quien se lanzó contra el presidente López Obrador, al criticar la rifa del avión presidencial.
Así mismo se manifestaron a favor de la sentencia en contra de Juan Sandoval Íñiguez, Arzobispo Emérito de la Arquidiócesis de Guadalajara, quien sostuvo en un mensaje “si ganan los que están en el poder se viene la dictadura, vamos a quedar muy pobres, como está Venezuela, como está Cuba”.