Senado fue omiso en nombramientos de comisionados del Inai: SCJN

El Inai seguirá sin poder sesionar por falta de quórum por lo menos hasta agosto, en que la Corte vuelva a retomar el tema

Senado fue omiso en nombramientos de comisionados del Inai: SCJN

Por mayoría de ocho votos contra tres, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto de la ministra Loretta Ortiz, que plantea declarar la inexistencia de la omisión del Senado en la designación de los tres comisionados faltantes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

No obstante, el Inai seguirá sin poder sesionar por falta de quórum por lo menos hasta agosto, en que la Corte vuelva a retomar el tema y fije los efectos que permitan que vuelva a operar.

Ortiz Ahlf, había propuesto declarar infundada la impugnación del Inai contra la omisión del Senado en el nombramiento de los comisionados faltantes, al considerar que el Legislativo ha llevado a cabo las acciones pertinentes para ello, pero no se han podido materializar por falta de "un consenso político sobre cuál es la persona idónea para ocupar el cargo".

"La propuesta que pongo a su consideración parte de las siguientes premisas: en primer lugar, al no haber un plazo establecido para que el Senado elija a las personas comisionadas, no existe de inicio un parámetro obligatorio para que se cumpla con la designación", indicó.

En su intervención, el magistrado Luis María Aguilar Morales, se pronunció en contra del proyecto al considerar que está acreditado que el Senado ha sido omiso en realizar la designación de los tres comisionados del Inai.

"Me parece que el proyecto parte de premisas erróneas. De hecho, los diversos criterios de esta Suprema Corte, permiten sostener que este tribunal pleno, cuenta con atribuciones para analizar si un órgano parlamentario ha sido omiso en cumplir con sus deberes constitucionales", sostuvo.

En el mismo sentido se refirió el magistrado Javier Laynez Potisek, pues dijo, la Constitución y la Ley de Transparencia prevén un diseño constitucional y legal para garantizar que no haya más de tres vacantes al mismo tiempo.

"Es decir todo el tejido, desde la Constitución, están puestos ahí para asegurar y regular el funcionamiento y operatividad del órgano constitucional de que se trata", opinó.

En tanto la magistrada Margarita Ríos Farjat, consideró que los entes colegiados del Estado mexicano no deben quedar disfuncionales por falta de quórum, aunque precisó, la falla no es la omisión del Senado, sino la incompleta integración del órgano.

"Considero un deber buscar una solución viable, para que un órgano autónomo, inserto en el Estado mexicano por diseño constitucional vigente, pueda funcionar", indicó.

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