Defienden Godoy y Zaldívar validez de reforma Judicial

"Están intentando por cualquier medio confundir a la ciudadanía", sostuvo Godoy Ramos

Defienden Godoy y Zaldívar validez de reforma Judicial

Al llamar a no interpretar la reforma judicial de manera incorrecta, la consejera jurídica de la Presidencia de México, Ernestina Godoy y el coordinador de Política y Gobierno de México, Arturo Zaldívar, defendieron la aplicación de la reforma constitucional.

Durante la conferencia de la presidenta, Claudia Sheinbaum, Ernestina Godoy indicó que hay quienes intentan confundir a los ciudadanos advirtiendo que hay contradicciones, pues en un artículo se establece la rotación de la presidencia de la Corte cada dos años y en otro cada cuatro años, lo que es incorrecto.

"Están intentando por cualquier medio confundir a la ciudadanía, pero es muy sencillo, muy claro, el artículo 94 fue objeto de la reforma que recién se aprobó del Poder Judicial y establece claramente que se renovará cada dos años, la presidencia de la Suprema Corte de Justicia y cómo se va a resolver, de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación.

"Esa es la reforma, se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto, entonces no hay ninguna confusión, ninguna posibilidad de otra interpretación, así que es totalmente válida la reforma", explicó.

Asimismo, el exministro Arturo Zaldívar, explicó que siempre que hay una reforma se pueden presentar aparentes contradicciones en el texto legislativo, sin embargo, dijo que en el caso de la recién aprobada reforma judicial se estableció que todas aquellas disposiciones contrarias al decreto de reforma se derogan.

"Las dos normas, la que establece que la presidencia de la Corte se va a elegir de manera rotativa de acuerdo al número de votos y el artículo que prevé que es cada cuatro años resuelven la misma problemática, sin embargo, la regla de dos años viene de la reforma constitucional reciente y el otro precepto deriva de la reforma judicial de 1994.

"Consecuentemente ley posterior deroga a ley anterior, el artículo que establece que la presidencia de la Corte es cada cuatro años, aunque formalmente está en la Constitución, ya no es Constitución, se encuentra derogado, consecuentemente no es necesario hacer ningún ajuste", subrayó.

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