Paro de labores de trabajadores del Poder Judicial es ilegal: Loretta Ortiz

La reforma al Poder Judicial de la Federación que ya fue promulgada en el Diario Oficial de la Federación no puede ser impugnada por la oposición ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), porque no cuenta con la mayoría de los votos para hacerlo, apuntó la ministra Loretta Ortiz Ahlf.

En entrevista con Telereportaje, calificó la reforma impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador como la más importante desde la promulgación de la Constitución de 1917 en materia judicial, ya que ahora los jueces, magistrados y ministros serán electos por el voto popular. 

"Ya acabó el tiempo de la discusión y del debate, de seguir con la historia de que esto no, por qué, porque ya entró en vigor y fue adoptada por una mayoría, la cual no permite impugnar la reforma, es decir, hay dos terceras partes de la Cámara de Diputados, dos terceras partes de los senadores y las 17 entidades federativas, declaratoria de constitucionalidad, ya fue publicada en el DOF, habemus reforma constitucional.

"Para poderlo impugnar la oposición necesitaba el 33 por ciento, no los hay, entonces no se puede impugnar, decían que lo otro era la CNDH, pero tampoco lo va a impugnar", asentó.  

Descartó que la suspensión otorgada por un juez y un tribunal para que la reforma no fuera discutida y promulgada sea una causal para declarar la inconstitucionalidad de la reforma, luego que no fuera acatada por el Congreso ni la Presidencia de la República. 

  

"La misma reforma prohíbe este tipo de suspensiones de normas generales, pero con anterioridad tampoco estaba permitida, se abusó de la figura de suspensiones, no es lo más seguro jurídicamente, la suspensión es una institución que se abusó de ella en los últimos años y no se utilizó para lo que fue prevista sobre todo en materia de amparo. 

"El proceso ya está, ya concluyó, ya tenemos constitución, así que no tiene materia las suspensiones que se promovieron -¿Usted no ve desacato en todo esto?-  no", atajó. 

Ortiz Ahlf, señaló el paro de labores que en estos momentos realizan trabajadores en los juzgados y tribunales, que están en contra de la reforma judicial, se encuentra en la "ilegalidad", pues la reforma judicial ya fue promulgada por el presidente López Obrador.   

"Aquí es una asociación de secretarios de estudios y cuenta, ni siquiera legitimados estaban que se fueron al derecho al paro ¿Cuál derecho al paro? No está regulado, las instituciones, las que prestan este servicio en el mundo, no nada más en México no pueden hacer paros ni huelgas ni nada semejante porque es un servicio público que nunca se puede suspender. -Ayer se dijo que el paro va a seguir hasta el 2 de octubre- Otra vez, es increíble, pero así hay cantidad de temas que involucran desde trafico de menores, trata de personas, violencia contra mujeres, o sea, todo suspendido ¿en un paro?", cuestionó.  

Advirtió que, en caso de continuar el paro laboral, lo que procede es la destitución de los trabajadores si se niegan a impartir justicia.  

-¿Y qué va a pasar con los trabajadores, si están en la ilegalidad como usted sostiene?- ya hay una nueva constitución además, porque no estamos en la situación del inicio del paro, porque no se había aprobado la reforma, pero ahorita menos justificación tienen, porque ya se aprobó la reforma, ya se publicó, no pues cabría la destitución -¿De todos?- si se niegan a impartir justicia y esa es su obligación y función -¿Po supuesto que esta no es una decisión tampoco popular?- no, el problema es que no pueden extorsionar la aplicación de una ley y no es cualquier ley, es la Constitución política y está constituida como un delito", asentó. 

La ministra, rechazó que la reforma judicial atente contra tratados internacionales o que afecte el tratado comercial con Estados Unidos y Canadá a como lo han advertido algunos organismos, resaltando que es una decisión soberana de México definir el método para elegir a los integrantes del Poder Judicial.

Señala que ya acabó el tiempo de la discusión del debate, porque ya entró a vigor, y no se puede impugnar la reforma. Ya fue publicada en

"Habemus reforma Constitucional. Para poderlo impugnar se necesita que la oposición tenga el 33% de la votación. La oposición no tiene la mayoría de votos para impugnar la reforma.

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