Sentencia de la SCJN no obliga a los congresos a legislar en materia de aborto: Comité Interreligioso de Tabasco
Es falso que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que declaró inconstitucional la criminalización del aborto, obligue a los Congresos locales a legislar en la materia, como quieren hacer creer algunos diputados locales de Tabasco.
Así lo señaló en entrevista para Telereportaje el presidente del Comité Interreligioso de Tabasco, Javier Ramos Martínez, quien enfatizó que la resolución de la Corte solamente es aplicable para el Congreso de Sinaloa, y para jueces federales y locales.
“Contrario a lo que establecen estas voces, de manera específica, esto es totalmente falso, la sentencia emitida por la SCJN, en el caso de Sinaloa, de ninguna forma obliga a ninguna legislatura de ningún estado de la República, a legislar en materia de despenalización del aborto, las resoluciones de la Corte solamente invalidan la norma impugnada, no invalida ninguna otra norma, no invalida ninguna ley, de ningún estado de la República”, precisó.
Ramos Martínez refirió que en el caso de Tabasco, si bien es cierto que la Constitución local estable el derecho a la vida, no está en el supuesto de la norma impugnada del estado de Sinaloa.
“La misma sentencia de la SCJN, con relación a la Constitución de Sinaloa, que establece en una reforma llevada a cabo, que fue el motivo de el juicio de inconstitucionalidad promovida, la reforma llevada a cabo en el sentido de establecer que el Estado garantizaba la vida, desde el mismo momento de la concepción, y durante toda la vida de la persona, Tabasco, no se encuentra en este supuesto”, abundó.
Apuntó que contrario a la objeción de consciencia, donde la Corte sí mandata al Congreso de la Unión a legislar en la materia, en el caso del aborto, no ordena a los Congresos locales o gobiernos estatales, despenalizarlo, por ello dijo que quienes promuevan el aborto, incurren en una apología del delito, el cual es sancionado en la entidad.