Plantea MC castigar con 10 años de cárcel a quien obligue a menores a cambiar orientación sexual
La parlamentaria propuso adicionar diversas disposiciones en el Código Penal del Estado y aplicar sanción de dos a cinco años de prisión, y hasta 300 días multa, al que promueva, ofrezca, imparta, aplique, obligue, induzca o someta a tratamiento, terapia, o cualquier tipo de servicio, que pretenda cambiar la orientación sexual y/o identidad de género de una persona.
Incluso, propuso que la pena se incremente al doble cuando sean el padre, madre o tutor, quienes sometan a los menores de edad a estas prácticas.
“Dichos tratamientos carecen de indicación médica y representan una grave amenaza a la salud y los derechos humanos de las personas afectadas, por ello, resulta indispensable prohibir dichas terapias de conversión o terapias curativas, pues como lo ha señalado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, son contrarias a la ética, carecen de fundamento científico, son ineficaces y podrían constituir una forma de tortura. Los esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género, pueden constituirse como tratos crueles, inhumanos y degradantes, con prácticas como la privación de la libertad, violaciones correctivas, electroshocks o violencia psicológica, moral y económica”, señaló.
Además, la emecista expuso que si la conducta se lleva a cabo con personas incapaces, ancianos, sujetos privados de libertad o, en general, con personas que por cualquier circunstancia no pudieran resistirse, la pena también aumentaría al doble.
La iniciativa fue enviada a la Comisión Ordinaria de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y Protección Civil, para su análisis y discusión.