Oficializa gobierno que Tabasco “transita” a semáforo epidemiológico verde
El gobernador Carlos Manuel Merino Campos publicó este lunes en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto en el que oficializa que Tabasco transita al semáforo epidemiológico color verde, aunque se mantienen algunas medidas restrictivas en los establecimientos, ante una posible cuarta ola de contagios de COVID-19.
En el documento, que entra en vigor a partir del primer minuto de este martes, se confirma que los establecimientos dedicados al abasto y suministro de alimentos y artículos de primera necesidad, podrán operar al 75 por ciento de su capacidad de atención al público, garantizando la sana distancia, en sus horarios habituales de apertura y cierre.
Los restaurantes, cocinas económicas, fondas, empresas que elaboran alimentos y demás, de similar naturaleza, operarán al 75 por ciento de su capacidad, con un máximo de 10 comensales por mesa, de lunes a domingo en sus horarios normales.
Los hoteles y moteles operarán con un límite de ocupación de hasta el 75 por ciento, y las áreas comunes con aforo reducido a ese mismo porcentaje.
Los establecimientos no esenciales, en los que se incluyen plazas y centros comerciales, operarán al 75 por ciento de su capacidad, de lunes a domingo, en sus horarios habituales de apertura y cierre.
Los museos y sitios turísticos, incluyendo zonas arqueológicas, operarán al 75 por ciento de su capacidad en espacios abiertos y cerrados, mientras que los cines y teatros al 75 por ciento de su capacidad, de lunes a domingo en sus horarios habituales de apertura y cierre, programando sus funciones de forma escalonada.
Los espacios como gimnasios, deportes y recreación, estadios deportivos, albercas recreativas y demás, de similar naturaleza, operarán al 75 por ciento en sus horarios habituales de apertura y cierre.
Los casinos, bares, centros nocturnos y de espectáculos, así como circos y espectáculos de carpa y centros religiosos, podrán operar al 75 por ciento de su capacidad de atención al público, de lunes a domingo en sus horarios normales.
Los eventos masivos como conciertos, desfiles, eventos científicos, culturales y deportivos podrán realizarse con aforo reducido al 75 por ciento de capacidad cuando se realicen en espacios cerrados, y sin restricción en espacios abiertos, siempre que se cuide la sana distancia.
Asimismo, se permitirá́ el funcionamiento de salones y recintos destinados a la realización de fiestas o eventos, incluyendo los espacios en hoteles, al 75 por ciento de su capacidad.
En el Decreto, se ordena a la Secretaría de Finanzas a que ajuste los horarios de venta, consumo y distribución de bebidas alcohólicas, y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, que vigile el cumplimiento de las nuevas disposiciones.