Hoy entra en vigor en Tabasco el cambio a amarillo en el semáforo epidemiológico

Hoy entra en vigor en Tabasco el cambio a amarillo en el semáforo epidemiológico

Este lunes entra en vigor el decreto por el cual Tabasco transita a color amarillo en el semáforo epidemiológico por COVID-19.

De acuerdo a la publicación en el Periódico Oficial del Estado, a partir de este día se distienden algunas medidas establecidas para atender la emergencia sanitaria.

Por lo que se determina que los establecimientos cuyos giros han sido considerados esenciales continuarán operando con las medidas y restricciones establecidas en el Plan para la Transición Gradual hacia una Nueva Normalidad y la Reactivación Económica del Estado.

En ese sentido, se precisa que los negocios de abasto y suministro de alimentos y artículos de primera necesidad, podrán operar sin restricciones en sus horarios habituales de apertura y cierre, incluyendo fines de semana.

En estos están considerados las abarroteras, supermercados, tiendas de autoservicio, tiendas de conveniencia, tiendas de abarrotes, central de abasto, mercados, tortillerías, panaderías y venta de mayoreo de envases, empaques e insumos para el sector alimenticio, en servicio a domicilio y demás de similar naturaleza.

En tanto, los establecimientos considerados como no esenciales podrán operar al 70 por ciento de su capacidad, a partir de su horario habitual de apertura de lunes a viernes hasta las 8 de la noche; los sábados hasta las 7 de la tarde y los domingos hasta las 2 de la tarde.

Los museos y sitios turísticos operarán al 70 por ciento de su capacidad y deberán garantizar la distancia adecuada para evitar contagios, lo mismo aplicará para cines y teatros, quienes deberán programa funciones escalonadas.

Los gimnasios al 70 por ciento de su capacidad, sin restricción en espacios abiertos mientras se garantice la sana distancia; mientras que los espacios deportivos y de recreación, como clubes, centros, unidades deportivas, etc., en espacios cerrados al 70 por ciento de su capacidad y sin restricción de aforo en espacios abiertos.

Los estadios deportivos al 30 por ciento de capacidad; albercas y similares al 70 por ciento, garantizando la sana distancia.

En tanto casinos y similares, podrán operar de lunes a sábado de 10 de la mañana a 8 de la noche al 50 por ciento de su capacidad, garantizando la sana distancia, y deberán de abstenerse de vender y permitir el consumo de bebidas alcohólicas y tabaco.

El decreto también ordena la reapertura de salones de fiesta y eventos, y recintos similares, incluyendo los que están dentro de hoteles, lo cuales podrán operar al 30 por ciento de su capacidad y deberán notificar la celebración a la Secretaría de Salud con tres días de anticipación.

Se permitirá el funcionamiento de circos y similares, que podrán operar sin restricción de horario, pero al 50 por ciento de su capacidad y garantizando la sana distancia.

En cuanto a las disposiciones del transporte público, se instruyó a la Secretaría de Movilidad, modifique el pasado acuerdo conforme al nuevo decreto por el que se transita a semáforo amarillo.



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