Emite CNDH recomendaciones a CEDH y la FGE de Tabasco
Señaló que ambas instituciones incurrieron en omisión
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 239/2022 al Fiscal General del Estado de Tabasco (FGE), Nicolás Bautista Ovando, y al presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tabasco (CEDH Tabasco) José Antonio Morales Notario, por el incumplimiento en la reparación del daño a una víctima.
En un comunicado, la CNDH, precisó que ambas instituciones incurrieron en omisión al no dar cumplimiento efectivo y de manera inmediata a las Recomendaciones 14, 15, 16, 17 y 20/2016, emitidas por el organismo local de Derechos Humanos de aquella entidad, cuya finalidad era garantizar a la víctima la reparación del daño y un efectivo acceso a la justicia.
Recordó que en el año 2016 la CEDH emitió ocho recomendaciones en contra de la Fiscalía General del Estado, por vulnerar los derechos a la legalidad, a la seguridad jurídica y a la dignidad humana en agravio de la víctima.
El origen de tales recomendaciones, dijo, está relacionado con la desaparición y fallecimiento de una persona, de quien la víctima afirmó ser su madre, y tras enterarse de su defunción, acudió a reclamar el cuerpo ante el Servicio Médico Forense de la FGE, donde se le informó que había sido entregado a la “supuesta esposa” de la persona fallecida y que ya había sido incinerado, derivado de lo cual la víctima no pudo verificar que efectivamente las cenizas que le fueron entregadas correspondían a las de su hijo y, además, se le negó acceso al expediente legal abierto para ese caso.
Por ello, la CNDH integró el expediente correspondiente, a través del cual pudo advertir y documentar la existencia de omisiones para garantizar a la víctima su derecho a la reparación del daño, así como a un efectivo acceso a la justicia, pues en cinco años la Comisión Estatal de Derechos Humanos no le dio seguimiento al caso hasta que se cumplieran las recomendaciones.
Además, confirmó que los servidores públicos adscritos a la FGE y a la CEDH Tabasco no sólo fueron omisos en realizar acciones tendientes a garantizar a la persona promovente su acceso a la reparación integral del daño, sino que propiamente incurrieron en violaciones al derecho que les asiste a las víctimas a la reparación del daño.
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