1 y 2 de noviembre no es descanso obligatorio: FTOT

Destaca que sean o no sindicalizados, deberán acudir a sus centros laborales de manera normal

1 y 2 de noviembre no es descanso obligatorio: FTOT

La Ley Federal de Trabajo no incluye al 1 y 2 noviembre, cuando se conmemora el Día de Muertos, como de descanso obligatorio, por lo que serán días de trabajo normales y el pago de salario también será ordinario.

El secretario general Federación de Trabajadores y Obreros Tabasqueños (FTOT), Edgar Azcuaga Cabrera, recordó que son 10 días feriados establecidos en la ley: El 1 de enero, el 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo y 16 de septiembre.

Asimismo, el 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis años cuando es el cambio del poder ejecutivo federal,  el 25 de diciembre y el día de las elecciones estatales y federales.

"El día 1, 2 y 3 de noviembre son días festivos, pero no de descanso obligatorio, solamente las empresas que tengan contrato ley artículo 404 o contrato colectivo y que así esté pactado que por costumbre lo den, así se da, se llama logros o conquistas sindicales, pero no son días de descanso obligatorio, son los días de descanso obligatorio se pagan triple, es decir mi salario y dos más, artículo 75 de la nueva Ley Federal del Trabajo", comentó.       

Apuntó que la FTOT y los sindicatos adheridos, trabajarán normalmente, sean o no sindicalizados, por lo que deberán acudir a sus centros laborales de manera normal sin que se les pague triple sueldo.

Señaló que las empresas de bienes y servicios no paralizarán labores, por lo que exhortó a los empleados que trabajan por la mañana a que acudan por las tardes a los panteones y en el caso que laboren por las tardes a que lo hagan por la mañana.

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