Congreso de Tabasco el primero en aprobar reforma de supremacía constitucional

También avaló la reforma que eleva a rango constitucional los programas del Bienestar

Congreso de Tabasco el primero en aprobar reforma de supremacía constitucional
 

Con 24 votos a favor, 8 en contra y cero abstenciones, el Congreso de Tabasco aprobó la noche de este miércoles la Minuta con proyecto de Decreto, avalada por el Congreso de la Unión, por el que se reforma el artículo 107 y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal.

Minutos después de haber concluido la discusión en la Cámara de Diputados, los legisladores locales abordaron la llamada reforma de "Supremacía Constitucional", convirtiéndose en la primera cámara local que la avaló en el país.

Esto se dio luego de que se acordara un receso en tanto se daba por concluido en lo particular el tema en la Cámara baja.

Durante la discusión, el coordinador del PRI, Fabián Granier se pronunció en contra de considerar que dicha reforma "debilita la división de poderes.

 

Por su parte, el coordinador del PVEM, Miguel Moheno expuso que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido en resoluciones que el poder Judicial no puede revisar la constitucionalidad de las normas constitucionales.

Afirmó que "el poder reformador de la Constitución es soberano y no puede ser revisado judicialmente".

En tanto, Patricia Lanestosa, coordinadora de Movimiento Ciudadano al pronunciarse en contra sostuvo que la reforma de supremacía constitucional termina con la democracia, la división de poderes y el Estado de Derecho.

 

También subió a tribuna para defender la reforma el presidente de la Mesa Directiva, el morenista Marco Rosendo Medina Filigrana sostuvo que ahora se pone en la Constitución "lo que ya estaba en el derecho positivo mexicano".

 

Reformas de Bienestar 

Minutos antes, por unanimidad el Congreso de Tabasco aprobó las reformas a los artículos 4 y 27 que consagra en la Constitución más Programas para el Bienestar, específicamente los que benefician a los campesinos y pescadores, y refuerza las pensiones para adultos mayores y personas con discapacidad.

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