Confirma TET validez de la elección en Tenosique y desecha señalamientos contra Miguel Ángel Verdugo
Los magistrados consideraron infundados los agravios esgrimidos por el PAN
El Tribunal Electoral de Tabasco (TET) confirmó la validez de la elección en el municipio de Tenosique y desechó los agravios atribuidos a Miguel Ángel Verdugo, como candidato a la presidencia municipal de Teapa.
En sesión ordinaria, los magistrados consideraron infundados los perjuicios esgrimidos por el Partido Acción Nacional, ya que no demostró sus aseveraciones respecto a las violaciones sustanciales durante la preparación y desarrollo de la elección, que constituyen la transgresión a los principios constitucionales que rigen las elecciones.
En cuanto a la causal relativa a la presunta existencia de irregularidades graves, plenamente acreditadas y no reparables durante la jornada electoral o en las actas de escrutinio y cómputo, los magistrados aseguraron que se comprobó que las anomalías observadas no fueron determinantes para los resultados de la votación.
"...en el juicio de inconformidad... se resuelve, único, se confirman los resultados del cómputo de la elección a la presidencia municipal y regidurías por el principio de mayoría relativa la validez de la elección y la constancia de mayoría y validez emitida por el Consejo Electoral Distrital XXI con cabecera en el municipio de Tenosique Tabasco, a favor de la planilla postulada por el partido político PT encabezada por Sandra Beatriz Hernández y Cristal Vázquez Carrera como propietaria y suplente, respectivamente", indicó.
En cuanto a la queja interpuesta por el Partido del Trabajo en contra del entonces candidato a la presidencia municipal por Morena, Miguel Ángel Contreras Verdugo, los magistrados declararon infundados unos y fundados pero inoperantes otros agravios esgrimidos por el accionante, ello debido a que este no señaló por qué estimó incorrecta la fundamentación y motivación de la resolución controvertida.
Asimismo, se consideró que tal y como lo consideró la autoridad responsable, la aparición de una candidatura a un cargo federal en propaganda fija o impresa de una candidatura a un cargo local no constituye alguna vulneración a las reglas en materia de propaganda político-electoral.
"Se resuelve primero, por las consideraciones que se sustentan en esta resolución se desecha el escrito de tercería interesada interpuesta por el compareciente Hiram Llergo Latournerie como candidato a la presidencia municipal de Teapa, Tabasco, segundo, se confirma la resolución emitida en el procedimiento Especial Sancionador...".
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