Tras reforma, 25 niños en Tabasco han sido asentados con orden de apellidos elegidos por padres
Los padres que deseen asentar a sus hijos con el orden de apellidos invertidos, no necesitan hacer ningún trámite extra
Al respecto, la directora general del Registro Civil de Tabasco, Margarita del Carmen Rodríguez Collado, indicó a Telereportaje, que desde la entrada en vigor de la reforma, a la fecha, van cerca de 25 niños que han sido asentados con los apellidos invertidos.
“Aproximadamente en el estado existen 52 Oficialías del Registro Civil, y tenemos que un aproximado de 20 a 25 registros se han hecho, de apellidos invertidos. En el caso específico, de septiembre a la fecha, tenemos un dato más concreto en la Oficialía 01 del Registro Civil de Centro, tenemos que hay 8 registros con apellidos invertidos o con la elección de los padres de esos apellidos”, comentó.
Sin embargo, precisó que el Artículo 47 del Código Civil de Tabasco, a diferencia de otras entidades, no estableció la posibilidad de que los padres puedan asentar a sus hijos con apellidos compuestos.
“La reforma realmente no señala nada del tema del apellido, denominado compuesto, como tal la reforma, el artículo base de esta reforma, es el Artículo 47; ahora nos dice que el nombre de las personas se forma por el nombre propio y los apellidos de los padres, en el orden que ellos convengan”, explicó.
No necesitan hacer ningún trámite extra
En este sentido, Rodríguez Collado señaló que los padres que deseen asentar a sus hijos con el orden de apellidos invertidos, no necesitan hacer ningún trámite extra.
“No, llegan, solicitan ante el Oficial del Registro Civil del Estado, el registro de nacimiento de su menor hijo, simple y sencillamente cumpliendo con los requisitos de ley, del requisito esencial es el certificado médico”, añadió.
Mencionó que antes de la reforma, por lo menos en este 2022, ejecutaron seis sentencias, para que los padres pudieran asentar a sus hijos con el orden de apellidos inversos, por lo que a dichas actas de nacimiento, se le hizo una anotación.
En este contexto, enfatizó que con la reforma, ya no es necesario hacer las anotaciones marginales, de lo contrario, sería considerado un acto discriminatorio.
“No, porque al final es la normativa vigente, es la normativa aplicable, no tendría porque haber algún tipo de anotación, porque al final las anotaciones marginales, podrían ser consideradas discriminatorias, y contrarios al principio de igualdad”, subrayó.
Por último, estimó que conforme pase el tiempo, más niños en Tabasco podrían ser asentados con los apellidos inversos, dado que uno de los objetivos principales de la reforma, fue resaltar a la mujer, que durante mucho tiempo estuvo relegada.