Busca Nicolás Bellizia ampliar y ajustar el catálogo de maltrato infantil
El diputado local del PRI, Nicolás Bellizia, presentó una iniciativa para ampliar el catálogo de actos a considerarse como maltrato infantil.
Durante la sesión ordinaria de ayer, el priista expuso una iniciativa con proyecto de Decreto, por el que se reforman y adicionan disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tabasco, y del Código Civil para el Estado de Tabasco.
“Para quedar como sigue, artículo 37, artículo octavo, el castigo corporal y humillante, castigo corporal o físico, es todo aquel acto cometido en el que se utiliza la fuerza física incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve”, expuso.
Agregó que, en su caso, el artículo 87 fracción séptima, quedaría de la siguiente manera: “…protegerles contra toda forma de violencia, maltrato, castigo corporal humillante, perjuicio, daño, agresión, abuso, venta, trata de personas y explotación”.
En tanto que en el artículo segundo dijo, se reforman los artículos 403 bis A y 403 bis B, todos del Código Civil del Estado, para quedar como sigue: “…asimismo se considera violencia familiar el uso intencional de la fuerza física, moral, o cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, molestia, humillación o incluyendo el castigo corporal y humillante”.
“Artículo 403 bis, los integrantes de la familia están obligados a evitar conductas que generen violencia familiar, queda prohibido que la madre, padre, o cualquier persona de la familia utilice el castigo corporal o cualquier tipo de trato y castigo humillante como forma de corrección o disciplina de niñas, niños o adolescentes…”, apuntó.
Finalmente, la iniciativa con proyecto de Decreto presentada por el diputado Nicolás Bellizia Aboaf, se turnó a la Comisión Ordinaria de Gobernación y Puntos Constitucionales.