Publican en el DOF reforma a la Ley de Hidrocarburos que elimina regulaciones asimétricas a Pemex
El Congreso de la Unión, publicó en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a la Ley de Hidrocarburos, en la que se eliminan las facultades de la Comisión Reguladora de Energía, para realizar las regulaciones asimétricas a Petróleos Mexicanos.
Esta mañana en la edición digital del Diario Oficial de la Federación (DOF), se dio a conocer el decreto por el que se reforma el Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Hidrocarburos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014.
Para quedar como sigue:
“Décimo Tercero.- Al haberse logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados, se deja sin efectos la facultad otorgada a la Comisión Reguladora de Energía para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, así como la comercialización que realicen personas controladas por Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios”.
Además, se estableció que “La enajenación que realicen Petróleos Mexicanos, sus empresas productivas subsidiarias, o una Persona Moral, por cuenta y orden del Estado, será considerada como comercialización en términos de lo establecido por la presente Ley y sus Reglamentos, por lo que se deberán observar los principios de generalidad y no indebida discriminación previstos en la misma”.
Como transitorios, se precisó que el decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Y como tercer punto, se ordenó que en un plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, la Comisión Reguladora de Energía deberá dejar sin efectos los acuerdos, disposiciones administrativas de carácter general, resoluciones y lineamientos relacionados con la imposición de principios de regulación asimétrica a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, bajo la atribución concedida por la disposición transitoria que se reforma en el presente Decreto.