Nuevas restricciones de movilidad, no aplican para vehículos particulares, precisa Semovi
Las nuevas restricciones de movilidad, no aplican para el transporte particular del estado, solo para los que prestan el servicio público y privado de pasajeros, precisó la Secretaría de Movilidad.
Después de que el titular de la SEMOVI, Narciso Oropeza, afirmó que los vehículos particulares tampoco podrán circular en horarios entre las 10:00 y las 15:00 horas, y que la directora de la PEC, Julissa Riveroll, reconoció que no sabía de este acuerdo, la dependencia precisó que el término “transporte privado” se refiere al transporte de carga, estudiantes y de personal.
Por su parte, la cuenta de Twitter Confirmado Tabasco, creada por el gobierno del estado para desmentir rumores, especificó que el acuerdo publicado el lunes, y que entró en vigor ayer martes, no incluye a los vehículos particulares, por lo que éstos seguirán circulando, siempre y cuando los conductores continúen aplicando las medidas de higiene y seguridad ante el Covid-19.
En el decreto emitido por el gobierno estatal el pasado 21 de abril, se establece que los vehículos particulares que transiten por la vía pública, solo deben estar ocupados por dos personas, quienes deben portar de manera obligatoria el cubrebocas.
Además, las personas solo deben de salir de casa para la compra de productos de primera necesidad, como alimentos y medicamentos, traslado a centros de trabajo que hayan sido considerados como esenciales, a unidades médicas, retorno al lugar de residencia o por causas de fuerza mayor.