Publican en DOF reforma que amplía hasta 2028 presencia de Fuerzas Armadas en las calles

La actuación de los militares será extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria

Publican en DOF reforma que amplía hasta 2028 presencia de Fuerzas Armadas en las calles

El decreto que amplía la presencia de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública hasta el año 2028 fue publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Las reformas a la Constitución en materia de Guardia Nacional entrarán en vigor a partir de este sábado 19 de noviembre, luego de que fueran avaladas por el Congreso de la Unión y 20 Congresos estatales.

“Durante los nueve años siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública”, dice el documento.

Además, afirma que la actuación de los militares será extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.

“La Fuerza Armada permanente realizará las tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil establecida en el Artículo 21 de esta Constitución”, agrega.

Indica también que “las acciones que lleve a cabo la Fuerza Armada permanente, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades”.

El documento, que tiene la rúbrica del presidente Andrés Manuel López Obrador, señala que el Ejecutivo Federal deberá entregar informes semestrales en materia de seguridad pública, los cuales serán revisados por la comisión bicameral.

Finalmente, menciona, entre otras cosas, que desde el ejercicio fiscal 2023 el Ejecutivo Federal establecerá un fondo permanente de apoyo a las entidades federativas y municipios destinado al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública, cuyos recursos no podrán ser utilizados para otro fin.



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