Confirma TEPJF promoción personalizada de AMLO en cartas de microcréditos y rechaza impugnación del IMSS
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la decisión del INE de adoptar medidas cautelares por la promoción personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador y rechazó la impugnación presentada por el IMSS.
En sesión privada, bajo el formato de videoconferencia, los magistrados de la Sala Superior desestimaron los señalamientos del IMSS y ratificaron la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, donde ordenaron a esta institución médica detener la distribución y entrega de las cartas a través de las cuales se ofrecen créditos a personas con actividad empresarial con motivo de la contingencia sanitaria por el coronavirus, ya que están firmadas por el tabasqueño, violando el artículo 134 Constitucional.
Tras esta resolución, IMSS interpuso el 2 de mayo un recurso de revisión del Procedimiento Especial Sancionador ante la Sala Superior del TEPJF, argumentando que el órgano electoral hizo una indebida valoración de pruebas, que se extralimitó en sus funciones para conocer e imponer las medidas cautelares, al estar restringida su competencia para conocer de la difusión de propaganda en radio y televisión y que hizo un análisis indebido de la suspensión ordenada por el Consejo General del INE, respecto del desarrollo de los procesos electorales locales, así como de las pruebas y de las hipótesis de improcedencia, entre otras.
Sin embargo, luego de hacer un análisis exhaustivo del caso, los magistrados electorales desestimaron los señalamientos del IMSS, a partir del análisis de las dos primeras versiones de las cartas en la que aparece el nombre de López Obrador.
Cabe recordar que los partidos que promovieron la queja en el INE fueron el PAN, PRI y PRD.