Aprueban diputados que delitos sexuales contra menores no prescriban
Por unanimidad de 425 votos
La Cámara de Diputados aprobó que los delitos sexuales cometidos contra menores de 18 años sean imprescriptibles.
Por unanimidad de 425 votos, los legisladores avalaron el dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 107 Bis, 205 Bis, 261, 266 y 266 Ter del Código Penal Federal.
Las modificaciones establecen que la prescripción de un delito cometido en contra de un menor de 18 años comienza a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de la pornografía, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia.
Asimismo, señalan que, en los casos en que el agresor fuere servidor público o ministro de culto religioso, también se aplicará la destitución e inhabilitación hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.
Los diputados federales indicaron que las reformas al Código Penal tienen el objetivo de que la persecución de dichos delitos sexuales se lleve a cabo a pesar del transcurso del tiempo, con el fin de erradicar su impunidad.
Ello, ya que este tipo de delitos sexuales atentan grave e irreparablemente contra la integridad y porque sus consecuencias son tan complejas que impiden por sí mismas el conocimiento de estadísticas fehaciente de su incidencia.
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