Aprueba Senado uso recreativo, científico, médico e industrial de la mariguana en México
“Este (ayer) jueves en esta casa de las leyes, discutimos un dictamen histórico, que da un paso firme para terminar con un sistema prohibicionista. En este dictamen se expide la primera Ley Federal de Regulación del Cannabis. No fumo pero me sumo, y me sumo porque como sociedad hemos convivido con esta planta desde tiempo ancestrales, ha sido parte de la historia de la humanidad y no podemos negarlo, ahora queda la ardua labor de educar e informar en un tema complejo del que todavía tenemos mucho bueno que aprender”, dijo.
La Ley General para la Regulación de la Cannabis, debe pasar a la Cámara de Diputados para su revisión y aprobación, antes de que finalice la actual legislatura el próximo 15 de diciembre.
El nuevo ente, emitirá cinco tipos de licencias para controlar algunos de los actos relacionados con el cultivo, transformación, venta, investigación y exportación o importación de marihuana.
Sin embargo, algunos senadores como Martha Márquez, del PAN, expresaron total descontento, pues expresó que los recursos deben ser usados para rubros que realmente desarrollen el país, no para la creación de nuevos institutos que no apoyarán en nada en la economía de los que más necesitan.
“Vimos cómo le quitaron 33 mil millones de pesos al Fondo de Salud para el Bienestar, vimos como desaparecieron 109 fideicomisos y el dinero fue a parar a la Tesorería de la Federación, pero sí hay dinero para crear un organismo desconcentrado y sectorizado de la Secretaría de Gobernación para el tema de la Cannabis, entonces ya no entendí senadores, para que sí hay dinero y para que no en México, para la Cannabis sí hay, no hay para la salud de los mexicanos pero para la Cannabis sí hay”, dijo.
La ley permite que el cigarrillo de marihuana se fume en espacios públicos, en áreas interiores de trabajo, públicas o privadas, así como en universidades e instituciones de educación superior en zonas exclusivas; en un domicilio podrá ser libremente, pero sin la presencia de menores de edad; se permite la posesión no mayor a 28 gramos, se permite sembrar en propiedades privadas y transformar hasta 20 plantas de cannabis en floración siempre y cuando no se rebasen los 480 gramos por año, además los “productores” se tendrán que registrar en un padrón anónimo.
En el caso de las personas que requieran consumirla por salud, podrán sembrar más de 480 gramos, pero con un permiso especial; los clubes se podrán crear con un máximo de 50 socios, todos mayores de 21 años de edad; también se podrán formar cooperativas de producción exclusiva para los socios de la misma, podrán ser un máximo de 150 socios.
La venta de cannabis se hará solamente en establecimientos específicos. En el caso de los medicamentos estos solo podrán ser vendidos por las farmacias.
Lo que está prohibido es fumar frente a menores, así como en escuelas privadas y públicas de educación básica y media superior; no se puede fumar en espacios 100 por ciento libres de tabaco; no se pueden vender porros sueltos de mariguana, ni se pueden poner máquinas expendedoras; tampoco se puede conducir vehículos o maquinarias bajo los efectos de la mariguana.