Amplía AFAC a 108 días hábiles el plazo para mudar carga aérea del AICM
Con esta modificación en el plazo, el anteproyecto de decreto presidencial también fue actualizado
¡Que siempre sí! La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) amplió de 90 a 108 días hábiles, el plazo para que las aerolíneas muden sus operaciones de carga aérea del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
En un oficio enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), emitido por el director ejecutivo técnico de la AFAC, Hugo Lara Moya, se señala que, en atención a los comentarios vertidos por los particulares, la autoridad en aras de otorgar un tiempo adicional al señalado inicialmente, amplía el plazo de 90 a 108 días hábiles a partir de la entrada en vigor del Decreto para reubicar las operaciones de carga fuera del AICM.
Cabe señalar que previo a ello, la AFAC había indicado que no existía una justificación para ampliar el plazo de 90 a 180 o 360 días hábiles, como sugirieron las líneas aéreas para que el personal operativo migre sus operaciones.
Sin embargo, con esta modificación en el plazo, el anteproyecto de decreto presidencial también fue actualizado por lo que queda de la siguiente manera:
"Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 108 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México ‘Benito Juárez’".