Suprema Corte ordena a FGR investigar delitos de "Guerra Sucia" por ser imprescriptibles

Por mayoría de cuatro votos

Suprema Corte ordena a FGR investigar delitos de "Guerra Sucia" por ser imprescriptibles

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) investigar delitos que pudieron ser cometidos durante la llamada "Guerra Sucia", tomando en cuenta que pueden constituir crímenes de lesa humanidad y, por tanto, son imprescriptibles.

Por mayoría de cuatro votos, los integrantes de la Primera Sala de la Corte avalaron el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien propuso amparar a cuatro mujeres, familiares del guerrillero Lucio Cabañas, supuestamente detenidas, atormentadas psicológicamente y torturadas durante ese periodo.

Se trata de las hermanas Juana, Rosa Elena e Irene Nava Cabañas y Flavia Cabañas Gómez, quienes denunciaron que en la década de los 70´ fueron víctimas de delitos cometidos por agentes de la extinta Dirección Federal de Seguridad (DFS).

Luego de que la FGR decidiera en enero de 2022 no ejercer acción penal por los hechos denunciados por las víctimas bajo el argumento de que los delitos habían prescrito, el caso llegó a la Suprema Corte.

En el proyecto se señala que para aquella época existían otros instrumentos internacionales que establecían qué conductas son delitos de lesa humanidad, como para que la FGR pudiera ejercer acción penal, por lo que su determinación de no hacerlo "se traduce en una transgresión al derecho a la verdad".

"El Estado debe asegurar no sólo que las autoridades encargadas de la investigación (Ministerio Público) tengan a su alcance los medios necesarios para llevar a cabo aquellas actuaciones, sino que efectivamente sean utilizados para realizar las averiguaciones con prontitud. Por lo tanto, la falta de investigación normalmente implicará la violación del derecho a la verdad", indicó.

Por tal razón, se ordenó a la FGR realizar una mejor investigación en la que otras autoridades coadyuven con el ministerio público federal, teniendo un plazo de 12 meses más para determinar nuevamente si ejerce o no acción penal con los elementos que reúna y cada dos meses deberá informar al juez de amparo el desarrollo de las investigaciones.

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