Proponen en IEPC que UNAM audite al PREPET
Por unanimidad, la Comisión Temporal del Programa de Resultados Electorales Preliminares del IEPC, aprobó presentar ante el Consejo Estatal la propuesta de que sea la Facultad de Estudios Superiores de la UNAM el ente auditor para la verificación y análisis del sistema informático en la implementación y operación del PREPET.
Sin discusiones, los consejeros que integran dicha comisión avalaron la propuesta, dado que, de según el acuerdo, fue la única que respondió a la solicitud que se hizo y por ende presentó una síntesis de experiencia en materia de auditorías.
Por lo que el presidente de la comisión, Juan Correa López, ordenó que el dictamen fuera enviado a la Secretaría Ejecutiva para su remisión al Consejo Estatal y sea discutido por todos los consejeros electorales.
“De conformidad con el artículo 33, numeral 2 del reglamento de comisiones del consejo estatal solicito juntar el presente proyecto a la presidencia del consejo estatal para que sea sometido al análisis, discusión y determinación en dicho órgano superior”, indicó.
Cabe puntualizar que en el acuerdo se hace el señalamiento de que se invitó al Instituto Tecnológico de Villahermosa, a la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco y al Instituto Politécnico Nacional, sin embargo, estos no contestaron la solicitud.
Asimismo, en sesión extraordinaria, se aprobó el proyecto por el que se proponen las sedes en las que se instalarán los Centros de Acopio y Transmisión de Datos (CATD) y los Centros de Captura y Certificación (CCV) del PREPET.
Esta propuesta será sometida a la consideración del Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPC) para que sea avalada o desechada.
El proyecto propone que las sedes en las que se instalarán los CATD, estén ubicadas dentro de las instalaciones donde se sitúan los Consejos Electorales Distritales y detalla las direcciones de los CCV en los 17 municipios.
Además, se instruye a la Secretaría Ejecutiva del IEPC para que, de darse el cambio en el domicilio de alguno de los veintiún consejos electorales distritales, por caso fortuito o fuerza mayor, adopte las medidas que considere pertinentes y realice las gestiones y actividades necesarias para tal efecto.