Deudores alimentarios no podrán ser candidatos, casos de violentadores se revisarán anuncia el IEPC

Así lo adelantó la consejera presidente del IEPC

Deudores alimentarios no podrán ser candidatos, casos de violentadores se revisarán anuncia el IEPC

La Ley 3 de 3 sí se aplicará en el próximo proceso electoral y de entrada los deudores alimentarios no podrán ser candidatos, mientras que en el caso de los inscritos en el padrón de violentadores se estudiará cada caso particular, adelantó la consejera presidente del IEPC, Elizabeth Nava.

Explicó que, se suprimió de la convocatoria para la elección de los cargos locales, lo relacionado con la aplicación de la Ley 3 de 3, para dar paso a los lineamientos específicos que se emitirán en la materia.

No obstante, adelantó, que en el caso de los inscritos en el padrón nacional de violentadores de género, sólo se podría impedir el registro de aquellos a los que un Juez les haya dictado como sanción la suspensión de sus derechos políticos electorales o la inhabilitación para ocupar cargos públicos.

"Hay un apartado, relativo a la ley 3 de 3, en el que se establecen los ocho supuestos que se van a revisar respecto a la 3 de 3, como vamos a emitir un lineamiento relativo a la verificación de estos supuestos se eliminó esa parte del acuerdo para posterior emisión en un lineamiento para la verificación de los mismos. - ¿Podrá o no participar una persona que es deudor alimentario? - Si es deudor alimentario no va a poder participar, lo único que vamos a decirles es yo lo voy a verificar de esta manera. - ¿Y en el caso de los que están inscritos en el padrón nacional de violentadores? - Solamente en aquellos supuestos que, es la parte que tendríamos que dirimir, sí el órgano judicial así lo determinó y lo inhabilitó al registro de una candidatura, entonces no podría acceder. - ¿Los casos específicos en los que se les suprimió el derecho político electoral? - Es correcto, porque ya un juez lo determinó", explicó.

Asimismo, adelantó que se ha convenido con el Poder Judicial que una vez que reciba la solicitud de registro de un candidato, se les dará vista para que hagan una revisión de si existe alguna sentencia en firme por pensión alimenticia, para hacer el cotejo respectivo.

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