Corte remite al TEPJF 456 inconformidades por elección judicial

Tribunal Electoral ordena a Comités de Evaluación del Legislativo y Ejecutivo incluir a 18 aspirantes a jueces rechazados

Corte remite al TEPJF 456 inconformidades por elección judicial

En sesión privada, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) turnó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) 456 de 471 recursos de inconformidad promovidos por aspirantes a jueces y magistrados que fueron considerados inelegibles.

De acuerdo con medios nacionales, la Corte únicamente resolverá 15 recursos, relativos a personas que se inscribieron ante el Comité de Evaluación del Poder Judicial, quienes quedaron fuera de las listas por considerar que no reunieron los requisitos de ley.

El motivo de ambas determinaciones, según resolvieron los ministros, es que dado a que la reforma judicial no previó ningún mecanismo de defensa ante inconformidades, se decidió crearlo en su Acuerdo General 4/2024 del 29 de octubre de 2024 para regular el desarrollo del proceso electoral judicial.

No obstante, en las reformas secundarias de las enmiendas constitucionales en materia judicial ya se incluyó qué tipo de recurso procedería, y que sería la Sala Superior del TEPJF la instancia competente para analizar y resolverlos.

En este sentido, la tarde de este miércoles, el pleno del TEPJF ordenó a los Comités de Evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo incluir a 18 personas aspirantes a jueces y magistrados, que fueron excluidos en la etapa de requisitos, se les permita participar en la etapa de idoneidad.

Por mayoría de votos, los magistrados de la Sala Superior ordenaron a dichos comités incluir en la etapa de idoneidad a 18 personas, entre ellas: Andrés Cortés Bores, Abraham Isaac Sudias Castellanos, Pedro Barboza Gómez, Jorge Jannu Lizárraga Delgado, Verónica Elizabeth Ucaranza Sánchez, Armando Espinosa de los Monteros Basurto, Víctor Manuel Nava Casarrubias y Arturo García Jiménez. 

Durante su intervención, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, argumentó su voto a favor del proyecto dado que, ambas instancias, no fundaron el motivo de la exclusión de los aspirantes.

 

Además, se determinó en 47 asuntos, que las Comités de Evaluación del Ejecutivo y legislativo deben informar de manera fundada y motivada, las razones y fundamentos jurídicos considerados para excluir a los promoventes en la lista final de aspirantes para la elección extraordinaria de personas juzgadoras 2024-2025. 

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