Confirma TET sanción contra Óscar Ferrer por vulnerar principio del interés superior de la niñez
En tal sentido, enfatizó que la parte responsable, en este caso el IEPCT, realizó una correcta valoración del acervo probatorio e invocó los fundamentos legales que estimó aplicables al caso, expresando las razones por las que se consideró la existencia de la infracción.
“Por lo tanto, el hecho de que en la resolución reclamada se realizara el análisis individual de las fotografías que contienen imágenes de menores, no la tornen congruente, pues como ya se ha mencionado en el proyecto, es al momento de emitir la resolución, donde se realiza la valoración individual o conjunta de las pruebas que obran en el expediente, aún cuando en la propia inspección no se hubiera realizado la descripción del contenido de las imágenes. El hecho de que el contenido de las fotografías insertadas en las actas de inspección ocular se realizaran en blanco y negro, no conlleva una vulneración al principio de congruencia, certeza y legalidad”, explicó.