Aprueba IEPC criterios para calificación de votos válidos o nulos

Se refiere a los que obtengan los partidos que no postularon candidaturas por mayoría relativa

Aprueba IEPC criterios para calificación de votos válidos o nulos

Por unanimidad, el Consejo Estatal del IEPC aprobó los criterios para la calificación de los votos que obtengan los partidos políticos que no postularon candidaturas por el principio de mayoría relativa, como parte del proceso electoral local ordinario 2020-2021.

En sesión extraordinaria urgente, los consejeros avalaron que estos sufragios que obtengan los partidos políticos que no postularon para la elección de diputaciones, únicamente serán válidos para el cargo por el principio de representación proporcional, no así para la de mayoría relativa, pues no hay registros.

En tanto, los votos que obtengan los partidos políticos que no hayan postulado candidaturas para la elección de presidencias municipales y regidurías por el principio de mayoría relativa y por el principio de representación proporcional, serán considerado nulos.

Cabe señalar que el PT y Movimiento Ciudadano no postularon candidatos a la alcaldía de Emiliano Zapata.

Mientras que Fuerza por México no lo hizo para las presidencias municipales de Cárdenas, Cunduacán, Emiliano Zapata, Huimanguillo, Jalapa, Jalpa de Méndez y Jonuta.

En ese sentido, el consejero del IEPC, Vladimir Hernández Venegas, explicó que los votos deberán ser contabilizados desde las mesas de casilla para que desde ahí se inscriba correctamente en el acta que se hará llegar a los consejos distritales.

“Yo sí voy con la idea de que sea precisamente desde las mesas directivas de casilla donde se haga el escrutinio y cómputo de los votos en ese sentido; imagínense si no les damos a los funcionarios de mesa de casilla los elementos básicos para contabilizar esos votos, qué van a hacer ellos, cómo los van a plasmar en las actas correspondientes”, puntualizó. 

Y es que cabe señalar que el acuerdo instruye a la Secretaría Ejecutiva del IEPC para que a través de la Coordinación de Vinculación con el INE notifique el presente acuerdo al citado organismo nacional, mediante la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, para implementar la capacitación necesaria a los funcionarios de casilla y a los integrantes de los consejos distritales, en aquellos que tendrán que aplicar las disposiciones aprobadas. 



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