Un exceso, el Padrón de datos biométricos; IFT debe promover acción de inconstitucionalidad: Abogados
Tras señalar que la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) es una medida excesiva y desproporcionada, la Barra Mexicana de Colegios de Abogados (BMA) señaló que hay elementos suficientes para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) promueva una controversia constitucional en contra del Decreto publicado el pasado 16 de abril con el fin de defender a los usuarios de telefonía móvil.
A través de un posicionamiento, indicó que la obligatoriedad del registro del número de una línea telefónica móvil en el Panaut y su cancelación en caso contrario, es inconsistente con el artículo 6º Constitucional, ya que el Estado debe garantizar el derecho a los servicios de telecomunicaciones, los cuales deberán ser prestados de manera libre y sin injerencias arbitrarias.
“Para el registro al Panaut se requiere proporcionar datos biométricos, es decir, datos personales y únicos del usuario, lo cual implica una medida excesiva y desproporcionada en contra del artículo 16 de la Constitución, ello solamente ocurre en países con regímenes cuestionables en materia de derechos humanos”, apuntó.
El organismo solicitó al presidente Andrés Manuel López Obrador respetar la división de poderes y la independencia de los jueces y magistrados involucrados en la tramitación y la resolución de suspensiones y los amparos promovidos en contra de este Decreto.
Asimismo, reiteró su rechazo a cualquier medida de presión o intimidación que pueda interferir la labor judicial de cualquier juzgador, en especial la del titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro.