Tumba SCJN multas por usar disfraces y por cantar canciones con groserías en Oaxaca
Exhortó al Congreso de Oaxaca para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten "vicios de inconstitucionalidad"
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) "tumbó" multas por usar disfraces y por cantar canciones con groserías, así como por otras conductas, en Oaxaca.
El Pleno invalidó la Leyes de Ingresos de diversos municipios de esa entidad, para el ejercicio fiscal 2023, en los que se preveían cobros por diversos conceptos.
En los documentos se preveían multas por celebrar fiestas o convivios en propiedad privada sin permiso de la autoridad municipal; mendigar habitualmente y dormir en lugares públicos, y dejar a un "enfermo mental" trasladarse libremente en un lugar público.
Asimismo, por organizar o tomar parte en juegos, deportes o celebraciones que causaran molestias o pusieran en peligro a otras personas; por proferir insultos, faltas de respeto, agresiones verbales a la autoridad municipal o dirigir palabras lascivas, obscenas, altisonantes o signos obscenos a cualquier persona.
También por cantar canciones con palabras altisonantes o que atenten contra la moral y las buenas costumbres o por usar disfraces "sin razón justificada".
Al tratarse de disposiciones generales de vigencia anual, el Pleno de la Suprema Corte exhortó al Congreso de Oaxaca para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos "vicios de inconstitucionalidad".
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