Senado declara validez constitucional a reformas en materia de bienestar y vivienda
Aprobación de cambios en la Constitución para mejorar el bienestar social
Este miércoles durante la sesión vespertina del Senado, Gerardo Fernández Noroña, presidente de la mesa directiva, realizó la declaratoria de validez en materia de bienestar.
Misma que recibió el respaldo de 22 Congresos estatales, y en esta se declara que se reforman y adicionan los artículos 4 y 27 de la Constitución Política.
El cuatro es sobre la edad establecida en la Carta Magna para recibir una pensión desde los 65 años y establece una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente, menores de 65 años.
Por su parte el 27 se elevará a rango constitucional el programa Sembrando Vida y se establecerán precios de garantía para maíz, frijol, arroz, leche y trigo, como parte de los programas sociales dedicados a productores campesinos y pescadores.
"La cámara de senadores declara aprobado el decreto por el que se reforma y adicionan los artículos 4 y 27 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de bienestar, se remite a la Cámara de diputados para que realice la declaratoria correspondiente".
En tema de vivienda, se recibió el visto bueno de 18 Congresos, por lo que el presidente de la mesa directiva declaró aprobado el decreto por el que se reforman los párrafos primero y actual segundo y se adicionan los párrafos segundo, cuarto y quinto.
"La Cámara de senadores declara aprobado el decreto por el que se reforman los párrafos primero y actual segundo y se adicionan segundo, cuarto y quinto, recorriéndose en lo subsecuente en su orden a la sección decimosegunda del artículo 126 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de vivienda a las personas trabajadoras, se remite a la Cámara de diputados, para que realice la declaratoria correspondiente".
Esto consiste en un sistema de vivienda con orientación social para las personas trabajadoras derechohabientes, que permita obtener crédito económico y suficiente para su adquisición o mejora; también podrá adquirir suelo y construir vivienda, en los términos que fije la ley.
Short Link: https://is.gd/HpJszH