SCJN ampara a padres de niño con atrofia muscular espinal severa

Podrán obtener licencia de cuidados para atenderlo

SCJN ampara a padres de niño con atrofia muscular espinal severa

La reciente resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre licencias médicas para padres de niños en situación de salud grave marca un hito en la defensa de los derechos fundamentales. El amparo, originalmente presentado en un Tribunal Colegiado, demuestra la importancia de abordar la discriminación en el acceso a cuidados médicos. 

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un paso significativo para garantizar el derecho a la atención médica de niños en condición de salud grave. Recientemente, amparó a los padres de un niño que enfrenta la atrofia muscular espinal más severa, permitiéndoles obtener licencias para cuidar a su hijo. 

Las leyes del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado sólo conceden licencias médicas a padres cuyos hijos tienen cáncer, excluyendo otras condiciones de salud graves. Además, se les negaba esta licencia a ambos padres. Esto cambió gracias al amparo concedido. 

La madre y el padre son fundamentales en los cuidados de este menor, quien enfrenta barreras de salud debido a la condición neurodegenerativa. La Sala reconoció que obstaculizar los cuidados paliativos ponía en riesgo el derecho humano a la vida del niño, destacando la responsabilidad del Estado de prevenir situaciones que afecten este derecho. 

La decisión declaró como inconstitucionales las partes de las leyes que discriminaban basadas en la condición de salud, excluyendo a padres cuyos hijos enfrentan barreras de salud distintas al cáncer, pero igualmente graves. 

Es crucial destacar que esta medida no busca extender las licencias médicas a cualquier padecimiento, sino exclusivamente a condiciones de salud graves con períodos críticos, hospitalización o tratamientos para aliviar el dolor y cuidados paliativos. Además, permite a ambos padres solicitar la licencia en momentos distintos para cuidar de su hijo. 

La Ministra que realizó el estudio del caso expediente de amparo y propuso la sentencia solución fue Lenia Batres Guadarrama, y la decisión fue tomada en una sesión el 28 de febrero de 2024, con unanimidad de cuatro votos.  

Esperanza en la Justicia 

Desde su inicio en el Tribunal Colegiado con el expediente 590/2023, el amparo destaca por su carácter pionero en el año 2023. La trascendencia del tema llevó a la intervención de la Corte Suprema de Justicia, señalando una necesidad urgente de abordar la discriminación en la concesión de licencias médicas

En un proceso que comenzó con un Juez de distrito que negó el amparo, los padres inmediatamente acudieron en un Tribunal Colegiado conformado por tres magistrados con el número de expediente 590/2023, se presentó inicialmente el amparo en revisión que buscaba otorgar licencias médicas a ambos padres de un niño con atrofia muscular espinal severa. Dada la relevancia del tema, la Corte Suprema de Justicia asumió la responsabilidad de resolver este caso trascendental. 

El número de expediente 590/2023 indica que este fue uno de los primeros presentados en el año 2023. Lo que implica que estuvo cerca de un año sin resolverse. La relevancia del tema y la necesidad de abordar la discriminación en la concesión de licencias médicas motivaron la intervención de la Corte. 

Sin embargo, la complejidad y la importancia del asunto podrían haber extendido el proceso. Se estima que la solución por parte de la Corte podría haber llevado al menos tres meses o más, considerando la fecha de presentación en 2023.

Esta demora, aunque entendible en casos de tanta relevancia, destaca la necesidad de una pronta atención a asuntos que afectan los derechos fundamentales de los ciudadanos. El amparo, estudiado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, representa una esperanza para muchos padres que enfrentan barreras de salud en sus hijos. 

Acción Inmediata: ¿Licencias para cuidar a los hijos desde ya? 

La decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de amparar a los padres de un niño con atrofia muscular espinal plantea la pregunta crucial: ¿se dio un efecto inmediato con una suspensión del caso? 

En circunstancias excepcionales, los tribunales pueden otorgar efectos inmediatos a sus decisiones, permitiendo que los padres tomen licencias para garantizar la salud de su hijo antes de una resolución final. Esta medida, si se aplicó, podría haber asegurado que los padres pudieran cuidar de su hijo sin demoras innecesarias. 

Sin embargo, la efectividad inmediata podría implicar que, en caso de perder el amparo, se evalúe si los días no trabajados se descuentan. Esta es una situación delicada y compleja que la Corte y los tribunales deben sopesar cuidadosamente. 

La rapidez en la aplicación de medidas como licencias médicas es fundamental cuando se trata de la salud de un niño en situación crítica. En este contexto, se espera que el sistema judicial haya considerado la urgencia de la situación y haya tomado medidas para garantizar el bienestar del menor

La ministra Lenia Batres Guadarrama y la Segunda Sala de la Corte, al emitir esta resolución, podrían haber marcado un precedente importante en la flexibilidad y la prontitud en la protección de derechos fundamentales. El seguimiento de este caso será crucial para comprender cómo el sistema judicial aborda decisiones con un impacto directo en la vida de las personas que requieren cuidados

Es decir, es urgente que se publique en el Semanario Judicial de la Federación el precedente para que otras personas en juicios similares puedan argumentar y utilizar este caso como precedente.  

Esta información fue publicada originalmente en yo http://yotambien.mx/ un portal sobre discapacidad inclusiva

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