SCJN ampara a menor criado por su abuela para recibir pensión por orfandad

La Sala resaltó que la abuela actuó como madre del infante desde que éste tenía 4 años

SCJN ampara a menor criado por su abuela para recibir pensión por orfandad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a un adolescente que reclamó la pensión por orfandad tras la muerte de su abuela, quien ejercía su patria potestad y de quien dependía económicamente desde su niñez.

La Segunda Sala determinó que la protección del derecho a la seguridad social debe cubrir un concepto de familia amplio, ya que la finalidad de la pensión ante la muerte de la persona trabajadora o pensionada es evitar el desamparo de sus familiares y garantizar su subsistencia.

La Sala resaltó que la abuela actuó como madre del infante desde que éste tenía 4 años y asumió las obligaciones legales que les corresponden a los padres. 

Además, ante la ausencia de padre y el fallecimiento de la madre, la dependencia económica recaía directamente en ella. 

En este sentido, el máximo tribunal explicó que, atendiendo a la realidad social, su nieto se equipara a un hijo, pues el vínculo jurídico entre ellos fue reconocido legalmente a través del ejercicio de la patria potestad, por lo cual está en su derecho a solicitar la pensión por orfandad.

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