Declara SCJN inconstitucional la 'muerte civil' por corrupción

Declara SCJN inconstitucional la muerte civil por corrupción
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional la inhabilitación perpetua o “muerte civil” a funcionarios públicos o particulares acusados de corrupción.

Declaró la invalidez de algunas porciones normativas del Código Penal y de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contrataciones de Servicios, ambos para el estado de Jalisco.

A propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, el pleno de la SCJN resolvió que las sanciones penales y administrativas previstas en dichos preceptos son inusitadas y trascendentales, prohibidas por el artículo 22 de la Constitución.

Pérez Dayán estimó que la aplicación de dichas normas resulta incongruente con la finalidad punitiva y genera un efecto estigmatizante de la o las personas sancionadas.

El ministro Luis María Aguilar consideró que la inhabilitación perpetua se traduce en un mecanismo de marginación, exclusión y prohibición vitalicia del ejercicio del derecho de participación y acceso a la función pública.



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