Colegiaturas y el transporte escolar son deducibles de impuestos, recuerda el SAT a contribuyentes

Para obtener este beneficio, se requiere la factura emitida por la institución educativa

Colegiaturas y el transporte escolar son deducibles de impuestos, recuerda el SAT a contribuyentes

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las personas físicas que pueden deducir en su declaración anual los pagos por concepto de colegiatura y transporte escolar, cuando este sea obligatorio. 

Asimismo, se precisa que el beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.

No obstante, la deducción de colegiaturas será conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios y los límites anuales son: Preescolar: 14,200 pesos, Primaria: 12,900 pesos, Secundaria: 19,900 pesos, Profesional técnico: 17,100 pesos, Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Cabe señalar que, para obtener este beneficio, se requiere la factura emitida por la institución educativa, en donde se desglose el pago de colegiaturas y transporte escolar

Además, el pago debe hacerse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente o con tarjeta de crédito, débito o de servicios.

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