Avala SCJN eliminar unilateralmente contenidos de internet por derechos de autor
Se trata del nuevo sistema conocido como "notificación y retirada"
- Diana Frías
- Mayo 30, 2024 - 09:38 p.m.
- NACIONAL
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que las plataformas digitales puedan eliminar unilateralmente contenidos de internet cuando supuestamente se violen los derechos de autor, y previa notificación.
Se trata del nuevo sistema conocido como "notificación y retirada", previsto en la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) y el Código Penal Federal (CPF), con la que se ajustó la legislación nacional al Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).
Este permitirá que las plataformas digitales puedan remover, retirar, eliminar, inhabilitar o suspender el acceso a materiales transmitidos sin el consentimiento del titular del derecho de autor, previo aviso de su titular o una resolución de la autoridad competente.
Asimismo, que podrán tomar "medidas razonables" para prevenir que el mismo contenido se vuelva a subir.
El Pleno de la Suprema Corte determinó que ello no viola derechos humanos de libre expresión, seguridad jurídica y debido proceso. Incluso refirió que resulta una medida necesaria a efecto de proteger los derechos de autor.
RECHAZA ARTÍCULO 19 LA DECISIÓN
Tras el fallo, la organización Artículo 19 sentenció que el máximo tribunal "no estuvo a la altura de la protección de la libertad de expresión y el derecho a la información".
Lamentó "que haya validado mecanismos de censura en internet contemplados en la Ley Federal del Derecho de Autor", y dijo que, sin duda, ello "manda un mensaje de desprotección por parte del Poder Judicial a los derechos humanos".
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