Aprueba SCJN revocar prisión preventiva oficiosa tras dos años sin sentencia
Con mayoría calificada de 4 a 1, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este miércoles un proyecto que permite revocar la prisión preventiva oficiosa después de dos años sin sentencia, aun cuando se trate de delitos graves.
En sesión, la Primera Sala de la SCJN otorgó el amparo en Revisión 315/2021, por lo que, a partir de ahora, los jueces del país tendrán la obligación de revisar la medida de prisión preventiva cuando el acusado cumpla dos años sin que se le dicte sentencia.
“Señora ministra presidenta, le informo que hay mayoría de cuatro votos con el sentido del proyecto. -Queda aprobado este asunto por mayoría de cuatro votos-”.
En este sentido, el magistrado presidente del máximo órgano de justicia del país, Arturo Zaldívar, señaló que la aprobación del proyecto representa un importante precedente en favor de los derechos humanos.
“El IFDP (Instituto Federal de Defensoría Pública) demuestra con hechos y con resultados tangibles su compromiso por alcanzar la justicia para quienes menos tienen”, escribió en su cuenta de Twitter.
Por su parte, el titular del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), Netzaí Sandoval, se congratuló con el otorgamiento del amparo.
“El criterio obligará a todos los jueces del país: La prisión preventiva oficiosa sí puede revocarse después del plazo constitucional de 2 años. ¡Justicia!”, tuiteó.