96% de personas morales podrán beneficiarse con nuevo régimen de impuestos de confianza: SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que como parte de la Miscelánea Fiscal para 2022, en el Paquete Económico se plantea una nueva forma de pagar impuestos que puede beneficiar a 96% de las personas morales en el país.
La jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro, detalló que el Nuevo Régimen Simplificado de Confianza de Personas Morales busca promover la activación económica mediante un esquema de simplificación que incremente la inversión e impulse la competitividad.
Es dirigido a las personas morales residentes en México con ingresos totales que en el año no excedan los 35 millones de pesos.
“Ese régimen de confianza de personas morales tiene límite 35 millones de pesos anuales. A ellos no se les modifica la tasa y su beneficio viene dado de otra manera. Primero se hace más fácil su declaración. Puede optar por una declaración de ingresos, que es una declaración muy sencilla, las declaraciones vienen precargadas y básicamente las personas morales tendrán que cargar seis datos, todo lo demás viene recargado en el SAT”, dijo.
Aseguró que si bien el nuevo esquema supone una simplificación masiva, no se prevé que aumente la recaudación.
Además, la funcionaria explicó que el nuevo régimen otorga beneficios directos a las empresas e incluso funge como un apoyo ante la crisis económica.
“Este régimen la ventaja opcional que tiene, es que somos conscientes que después de la crisis, si bien no dimos incentivos esto da un beneficio. Antes la gente pagaba sobre ingreso devengado, es decir, si yo soy una empresa pequeña y le compró un proveedor grande, el proveedor me da la factura pero me paga en 3 o 4 meses después, pero el pequeño tiene que pagar sus impuestos una vez que recibe la factura; ahora no, va a ser sobre ingreso cobrado, paga sus impuestos con flujo y efectivo, si no recibe el ingreso, pues no paga el impuesto”, precisó.
Agregó que el régimen también estará disponible para personas físicas con actividad empresarial que brinden servicios profesionales, para quienes presten servicios de arrendamientos o formen parte de las Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras y Silvícolas; y para quienes están en régimen de incorporación fiscal (RIF).