Violencia familiar, omisión de cuidado y hasta de auxilio, delitos que se configuran en caso Ian: Abogado

Aseguró que no hay protocolo que valga cuando está en riesgo la vida de una persona

Violencia Familiar, omisión de cuidado y hasta omisión de auxilio, son los delitos que se configuran en el caso del niño Ian Gustavo, quien fuera rescatado por vecinos de la colonia Villa Las Flores, cuando se encontraba encadenado.

Así lo expuso Sergio Antonio Reyes Ramos, integrante del Colegio de abogados Tabasqueños, al referir que además de estas causales se podrían anexar otras más que se vayan detectando durante la integración de la carpeta y las denuncias que se puedan presentar.

“Es el caso de un menor y es un asunto agravado, el común (entre pareja) es de seis años, pero cuando es un menor, es una mitad más, entonces, serían hasta 9 años de prisión, podría ser hasta 9 años, en el caso de ambos, la mamá tiene además una cuestión porque creo que ahí hay una omisión de cuidado, ella debió tener precauciones especiales como madre, también quien sea su padre biológico o padre legal, porque no se puede dar responsabilidad nada más para la madre, hay que investigar bien el entorno…”, indicó.

Ejemplificó que en el caso de los bomberos no piden permiso al Registro Público de la Propiedad para ingresar, o sea estamos ante un peligro real inminente, la vida de un menor.

Por lo que consideró, que el policía, como primer respondiente debió intervenir con celeridad.

Sergio Antonio Reyes, indicó que en el tema de la orden de aprehensión, corresponde al Ministerio Publico integrar la carpeta y determinar si hay delito o no.

“-¿Pero cuándo pasa de un requerimiento a una orden de aprehensión?- El MP que integra la carpeta, la judicializa, corresponderá al juez de control ya ordenar la presentación de estas personas, no necesita meses, es una tarea diligente del ministerio público que debe hacerlo, pero particularmente en esa Fiscalía de Víctimas Vulnerables creo que hay muchas deficiencias…”, apuntó.

El penalista, precisó que en caso de que el Ministerio Público consiga acreditar el delito de violencia familiar,  por tratarse de un delito con agravantes, los responsables no alcanzan fianza, ni ningún otro beneficio que les permita librar la prisión.