Aprueba comisión de gobernación reforma a Ley de Arrendamientos de Tabasco
Con cuatro votos a favor y una abstención, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso tabasqueño, aprobó reformas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Estado, para fijar los topes de las licitaciones simplificadas y adjudicaciones directas que deberán observar las dependencias públicas.
Tras el resolutivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la acción de inconstitucionalidad promovida por la Procuraduría General de la República, -ahora Fiscalía General de la República-, y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en 2018, la modificación aprobada establece que los montos máximos para los procedimientos de licitación simplificada menor, mayor, así como de adjudicación directa por monto que efectúen las dependencias, órganos y entidades de la administración pública estatal, se establezcan en el Presupuesto General de Egresos del Estado o el que corresponda de cada ejercicio fiscal, con excepción del actual.
Asimismo, la nueva ley prevé que la suma de las operaciones que se realicen por adjudicación directa por monto, no podrá exceder del 30 por ciento del presupuesto para adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios autorizado a la dependencia, órgano o entidad en cada ejercicio presupuestario.
Para la modalidad de Licitación Simplificada Menor, hasta 19 mil veces el valor de la UMA, que serían un millón 702 mil 780 pesos, sin incluir el IVA.
Y para la modalidad de Adjudicación Directa, hasta 3 mil 500 veces el valor de la UMA, equivalente a 313 mil 670 pesos, sin incluir el IVA; de conformidad con lo establecido en el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado.
Aunado a ello, para el ejercicio fiscal 2021, los montos máximos de contratación conforme a esta Ley, para las dependencias, órganos y entidades serán para la modalidad de Licitación Simplificada Mayor, hasta 30 mil veces el valor de la UMA, es decir, 2 millones 688 mil 600 pesos, sin incluir el IVA.
Para la modalidad de Licitación Simplificada Menor, hasta 12 mil 500 veces el valor de la UMA, que serían un millón 120 mil 250 pesos, sin incluir el IVA.
Y para la modalidad de Adjudicación Directa, hasta 1,600 veces el valor de la UMA, equivalente a 143 mil 392 pesos, sin incluir el IVA.