Algunos artículos de la “Ley Garrote” criminalizaban ciertas protestas legítimas: Arturo Zaldívar

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCNJ), Arturo Zaldívar, se pronunció por la invalidación de algunos artículos de la llamada “Ley Garrote”, porque advirtió que daba lugar a la criminalización de ciertas protestas legítimas.

Al razonar su voto a favor del proyecto para invalidar los artículos 196 bis, 299, 308 bis y 308 del Código Penal del Estado de Tabasco, destacó que la impugnación que presentaron la Comisión Estatal y Nacional de los Derechos Humanos representaba una oportunidad para que el pleno de la Corte reconociera por primera vez y de manera expresa el derecho a la protesta social, como un derecho implícito que se desprende del derecho a la libertad de expresión, de reunión, a la participación política, la libertad de asociación, el derecho de huelga, entre otros.  

“En mi opinión este precepto adolece de una ambigüedad grave que además de generar inseguridad jurídica y violar el principio de taxatividad puede dar lugar nuevamente a la criminalización de ciertos tipos de protesta legítimas, por eso estoy con el sentido del proyecto por razones distintas”, expresó.     

“Tales preceptos si bien cumplen con el principio de legalidad, persiguen un bien fin legítimo y son idóneas no cumplen con las gradas de necesidad y de proporcionalidad, ello es así toda vez que al sancionar cualquier conducta que impida o trate de impedir por cualquier medio o la ejecución de trabajos, obras públicas y privadas, así como el acceso de personal o maquinaria para su realización, sin distinguir para ello acciones violentas y acciones realizadas en el marco del ejercicio del derecho a la protesta pacífica resultan en extremo sobreinclusivas”, apuntó.