Se confirma: Tabasco pasará a semáforo amarillo este lunes
Este domingo, el gobierno del estado emitirá un nuevo decreto por el cual Tabasco retornará al color amarillo en el Semáforo Epidemiológico por COVID-19.
Fuentes fidedignas confirmaron al director general de “Telereportaje”, Emmanuel Sibilla, que el documento será publicado en el transcurso del día en el Periódico Oficial del Estado, y entrará en vigor a partir del lunes 17 de enero.
Cabe recordar que el pasado 13 de enero, la secretaria de Salud del estado, Silvia Roldán Fernández, adelanto que, ante el incremento de casos positivos de COVID-19, existía la posibilidad de cambiar en el semáforo epidemiológico a color amarillo.
No obstante, la funcionaria estatal advirtió ese día que, si bien en Tabasco no se tienen hospitales saturados por pacientes que estén contagiados de coronavirus, el problema podría ser el alto número de trabajadores del sector Salud que tengan la enfermedad.
Pues explicó que, aunque todavía no son muchos los casos de SARS CoV-2 entre los trabajadores al interior de los nosocomios, podría presentarse escasez en el personal.
"Tenemos brotes en todos lados, ahorita el doctor tuvo que meter para la vacunación gente de Centros de Salud y de todo, porque tiene la mitad de la gente retirada en resguardo, en las oficinas tenemos más de la mitad de la gente en resguardo, pero nada más le digo, 20 enfermeras en el Hospital de la Mujer, residentes en el Rovirosa, gente de urgencias, el problema hoy no es que no tengamos camas o que no tengamos ventiladores, el problema hoy es que no vamos a tener la suficiente gente como para que entren a atenderse", dijo.
Cabe recordar que la última vez que Tabasco estuvo en semáforo amarillo fue el 1 de noviembre de 2021, donde el gobierno estatal emitió medidas, sin embargo, en este nuevo decreto podría haber modificaciones.
En aquella ocasión, el transitar a amarillo implicó que los establecimientos cuyos giros y actividades no son considerados como esenciales, incluyendo plazas y centros comerciales, operarían al 75 por ciento de su capacidad en sus horarios habituales de apertura y hasta las 21:00 horas de lunes a domingo.
También se decretó en ese momento, que cines y teatros operarían al 75 por ciento de su capacidad y de lunes a domingo en sus horarios habituales de apertura y hasta las 23:00 horas, programando sus funciones de forma escalonada; en tanto que circos y espectáculos de carpa funcionarían al 75 por ciento de su capacidad, en sus horarios habituales de apertura y hasta las 20:00 horas, de lunes a domingo.
En tanto, los centros religiosos operarían en sus horarios habituales de apertura y hasta las 20:00 horas de lunes a domingo, con aforo reducido al 75 por ciento; mientras que museos y sitios turísticos, incluyendo zonas arqueológicas y demás de similar naturaleza, al 50 por ciento de su capacidad en espacios cerrados y al 70 por ciento en espacios abiertos.
De igual forma, los gimnasios operarían al 75 por ciento de su capacidad en espacios cerrados y sin restricción en espacios abiertos, en sus horarios habituales de apertura y hasta las 21:00 horas, toda la semana.
Mientras que los estadios deportivos, así como unidades deportivas, zoológicos, parques y demás de similar naturaleza, estarían operando al 75 por ciento de su capacidad; la misma capacidad sería para las albercas recreativas, pero los horarios serían de lunes a viernes hasta las 20:00 horas; y sábados y domingos, hasta las 17:00 horas.
Además, se permitiría el funcionamiento de salones y recintos destinados a la realización de fiestas o eventos, incluyendo los que se encuentran ubicados dentro de los hoteles, al 50 por ciento de su capacidad, y notificaría la realización del evento a la Secretaría de Salud con 5 días de anticipación.
Los establecimientos cuyos giros han sido considerados esenciales, podrían operar al 75 por ciento de su capacidad de atención al público en sus horarios habituales de apertura y hasta las 21:00 horas.
Restaurantes, cocinas económicas, fondas, empresas que elaboran alimentos y similares, podrían operar al 75 por ciento de su capacidad, con un máximo de 10 comensales por mesa, de lunes a domingo en sus horarios habituales de apertura y hasta las 23:00 horas. Después de ese horario no podrían realizar ningún tipo de venta.
Hoteles y moteles con un límite de ocupación de hasta el 75%, y las áreas comunes, con aforo reducido al 75%.
En el caso de la venta de bebidas alcohólicas, se precisó que los bares podrían expenderlas en un horario de 2 de la tarde a 9 de la noche de lunes a domingo; en los centros comerciales la venta estaría autorizada todos los días de 10 de la mañana hasta las 9 de la noche, mientras que en el resto de los establecimientos el horario seguiría igual.