Presentará INAI acción de inconstitucionalidad contra padrón de datos biométricos

 

El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), aprobó por unanimidad presentar una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en contra de la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil con datos biométricos.

Con 7 votos a favor, se instruyó a la Dirección de Asuntos Jurídicos de este órgano autónomo, presentar este recurso en contra de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Los planteamientos que harán valer son la violación al derecho a la protección de datos personales, violación al principio de no retroactividad, incompatibilidad de obligaciones e instrumentos internacionales, entre otros. 

“A que interponga una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en contra del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Lo anterior, en virtud de que advertimos que diversas disposiciones en dicho decreto, causan afectaciones de distintos tipos a los derechos humanos, y acceso de información y de protección de datos personales. En efecto, la lectura del decreto referido permite advertir problemas constitucionales relacionados con la falta de proporcionalidad en la intervención a derechos humanos”, dijo. 

El comisionado Francisco Javier Acuña, destacó que como organismo deben garantizar la protección de estos datos personales sensibles, como son los biométricos

“Para la misión que desde el IFAI comenzó, y que el INAI desde hace 7 años ha sido celosamente atendido, que es representar a México en el mundo como un país que posee un cuadro de instituciones, y de legislación suficientes y representativas para garantizar la protección de los datos personales”, señaló. 

Por su parte el también comisionado de este organismo, Adrián Alcalá Méndez, resaltó que en ninguna parte del mundo solicitan a sus ciudadanos los datos biométricos.  

“Quiero hacer una precisión, nadie en el mundo comparte los datos biométricos, son datos únicos e irrepetibles, de ahí su importancia y la trascendencia que deben de tener. Cabe mencionar que si bien acabo de dar una lista de los datos que se pretenden obtener, la reforma de la ley que comentamos no establece con precisión cuáles datos biométricos son los que se entregarán para la integración del padrón, ni tampoco cómo sería el procedimiento para acceder a ellos, por lo que podría vulnerarse también el principio de certeza jurídica”, puntualizó. 

En tanto el comisionado, Óscar Guerra Ford, advirtió que la finalidad de esta nueva ley podría no tener el resultado esperado, por haber mecanismos que pueden usar los delincuentes. 

“Si la finalidad es localizar a los perpetradores de los delitos mediante líneas telefónicas, valdría la pena preguntarse si estos delincuentes van a usar líneas legales o van a recurrir a líneas adquiridas en el mercado negro. O como sucede más frecuentemente, a líneas que han sido fruto de los propios asaltos o robos como los hemos visto diariamente en todos los noticieros”, cuestionó. 

Por último, el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, consideró que el uso de telefonía móvil por parte de menores de edad, también debe ser un punto a discutir por parte de la Corte. 

“Al considerar que la telefonía móvil es una de las principales herramientas para el ejercicio del acceso a la información pública, ya sea por medio del propio servicio de telefonía, como es el servicio internet con los que cuentan tales dispositivos móviles. Sobre este punto tengo una preocupación mayor, en cuanto los efectos que pueden resentir por ejemplo las niñas, niños y adolescentes que actualmente son usuarios de la telefonía móvil, lo que sin duda deberá ser materia de análisis y pronunciamiento de la Corte”, dijo.