Ordenan a FGR entregar información al INE sobre caso Pío López Obrador
Por mayoría de votos, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR), entregar la información solicitada por el Instituto Nacional Electoral (INE) sobre el caso de Pío López Obrador.
El asunto está relacionado con un video que se difundió en agosto de 2020 (pero grabado el 16 de junio de 2015), en el que se observa al hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, recibir dinero en efectivo de manos de David León.
Ante ello, la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del INE solicitó una copia simple de la carpeta de investigación, ya que estimó que la información es necesaria para la sustanciación de diversos procedimientos en materia de fiscalización, sin embargo, la FGR negó otorgarla, por lo que el secretario ejecutivo del Consejo General del INE promovió dos juicios electorales.
“Este órgano jurisdiccional carece de competencia para conocer el fondo del asunto, porque el acuerdo controvertido no es de naturaleza electoral, sino que pertenece al ámbito penal, al encontrarse vinculado con el proceso indagatorio de una causa seguida por la probable comisión de un delito”, señaló.
Sin embargo, ambas propuestas fueron desechadas por mayoría de cuatro votos, entre ellos el de la magistrada Janine Otálora Malassis, quien consideró que se perdió de vista que el INE está controvirtiendo una decisión por la que una autoridad se niega a colaborar para que el instituto realice sus labores de fiscalización.
“Al analizar los planteamientos del actor, advierto que le asiste la razón, porque el acceso a la información que resulte idónea y necesaria para el ejercicio de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitución en materia de fiscalización, tiene sustento en la interpretación sistemática y funcional de la normativa, a efecto de dotarlo de herramientas necesarias que hagan efectivas sus facultades”, dijo.
En consecuencia, la FGR debe entregar de inmediato las constancias solicitadas por el INE y abstenerse de obstaculizar el adecuado trámite y resolución de los procedimientos electorales en materia de fiscalización.