Ordena TEPJF al INE continuar investigación contra Pío López Obrador, por presuntos delitos electorales

 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) continuar y concluir la investigación en contra de Pío López Obrador, quien es señalado de cometer presuntos delitos electorales.

Seis de los 7 magistrados rechazaron la propuesta de José Luis Vargas Valdez, quien consideró en su proyecto que el INE debía cerrar la investigación en contra del hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, debido a que el caso había prescrito.

La magistrada Janine Otálora Malassis apuntó que no hay elementos suficientes para desechar la investigación y que el INE deberá aplicar el procedimiento sancionador que corresponde en el caso; además, agregó que existen videos de los hechos señalados.

En su intervención, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña agregó que la investigación se debe realizar, para corroborar si realmente los hechos, donde se puede ver al hermano del presidente López Obrador recibir dinero, ocurrieron en 2015.

“Si bien puede pensarse que el video que dio origen a la cadena impugnativa es una prueba ilícita, pues valorarla o no valorarla e identificar, en su caso, el efecto que debe llevarse a cabo, pues debe ser justamente en el fondo del asunto, en consecuencia, me parece justamente que lo procedente es privilegiar la procedencia de la investigación, a fin de que el INE determine lo conducente”, indicó. 

Por su parte, el magistrado Indalfer Infante González aseguró que el señalado no está viendo coartado su derecho de defensa y tendrá que presentar sus pruebas ante el resolutivo que el órgano electoral presente al concluir la investigación.

“Lo mismo ocurre con la prueba ilícita, es decir, el hecho de que se hayan admitido estas denuncias y se califiquen dichas pruebas; yo en este momento no me pronunciaría sobre si es ilícita o no la prueba, pero el calificativo que el recurrente haga de esas pruebas, pues no le afecta absolutamente en nada; es decir, él puede defenderse, él puede contestar las denuncias, él puede ofrecer las pruebas, entonces, la admisión con base en estos elementos de prueba, no le está generando ninguna afectación a ningún derecho fundamental, inclusive, el de defensa”, añadió.